Valenzuela lamentó, que mientras el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales permite que en la cabecera del área protegida Refugio de Vida Silvestre Laguna Saladilla se pretenda ejecutar dicho proyecto, el ministerio se hace de la vista gorda e indiferente con la contaminación que provoca la descarga de clincler de forma irregular en el puerto de Manzanillo e igualmente pretende impedir el crecimiento de Manzanillo hacia terrenos que ellos denominan área protegida de la propia Laguna Saladilla, en Manzanillo.
Manzanillo, Montecristi.- El Centro Bahía de Manzanillo para el Desarrollo Regional (CEBAMDER) denunció que el ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales Orlando Jorge Mera, está desacatando el cumplimiento de la Ley General 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública, al negarse a entregar información relativas al Plan de Estudio Ambiental y la Licencia Ambiental del proyecto que pretende desarrollar una central térmica dentro del área protegida Refugio de Vida Silvestre Laguna Saladilla, en el Manzanillo.
El presidente del Centro CEMAMDER Frank Valenzuela, afirmó que mediante solicitudes número: SAIP-SIP-000-63459, 60 y 61 de fecha 2022-04-02, fue realizada pedida la información y el compromiso establecido para la entrega fue el 2022-04-25 a las 14:59:14, sin que a la fecha el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MMARENA) cumpliera con lo establecido por la ley de Libre Acceso a la Información Pública.
Valenzuela señaló, que la solicitud estaba dirigida a obtener informaciones relativa a la licencia ambiental otorgada por el Ministerio de Medio Ambiente para la implementación del proyecto denominado «MANZANILLO POWER LAND», el estudio de impacto ambiental realizado sobre el proyecto, además del proyecto a ejecutar formulado por la empresa.
Estableció, que el estudio de impacto ambiental es el conjunto de actividades técnicas y científicas destinadas a la identificación, predicción y control de los impactos ambientales que el señalado proyecto un proyecto podrá provocar donde se pretende ejecutar, sobre todo, las medidas preventivas, mitigantes y/o compensatorias de los impactos identificados, estableciendo el programa de manejo y adecuación necesario para que el proyecto pueda ejecutarse, así como el plan de seguimiento.
Recordó que el impacto ambiental es cualquier alteración significativa, positiva o negativa, de uno o más de los componentes del medio ambiente y los recursos naturales, provocada por la ejecución del proyecto que se pretende ejecutar.
El proyecto que promueve Energía 2000, S.R.L., denominado «MANZANILLO POWER LAND» consiste en una central de generación termoeléctrica, con capacidad de producci6dn neta de 360 MW+/-15%, operando con Gas Natural, conformada por el arreglo de ciclo combinado SCC6-8000H de Siemens-Energy, que consta de un (1) Turbogenerador a Gas SGT6-8000H / SGen6-1000A de 269.1 MW, una unidad de recuperación de calor y generación de vapor HRSG mas un (1) Turbogenerador a Vapor SST6-3000 / SGen6-100A de 144.9. MW en ciclo combinado.
El desarrollo de dicho proyecto está localizando en la cabecera del área de amortiguamiento protegida Laguna Saladilla, en la comunidad de Copey, sección de Manzanillo, Municipio Pepillo Salcedo.
CEBAMDER revela que el proyecto pretende construir un tramo submarino de alrededor de 1 km de longitud y otro en tierra de aproximadamente 6.2 km de longitud para trasportar el gas hasta la zona de instalación de la planta generadora de energía eléctrica que se esta iniciando su construcción.
La institución no gubernamental recordó que el reglamento para el otorgamiento de licencia ambienta establece en su artículo 23 que «Cuando la magnitud de los impactos probables del proyecto y/o la percepción del mismo por parte de los ciudadanos así lo requieran, el proceso de revisión incluirá la realización de audiencias públicas».
Igualmente es su artículo 26 establece que «El proceso de Consulta Pública tiene tres niveles. a) Información, b) Consulta a las partes interesadas como parte del proceso de realización del estudio ambiental. Esta consulta es responsabilidad del promotor y será coordinada por el prestador de servicios contratado por éste, y c) Consulta a las partes interesadas y a la ciudadanía en general coordinada por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales como parte de la revisión del estudio».
Valenzuela lamentó, que mientras el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales permite que en la cabecera del área protegida Refugio de Vida Silvestre Laguna Saladilla se pretenda ejecutar dicho proyecto, el ministerio se hace de la vista gorda e indiferente con la contaminación que provoca la descarga de clincler de forma irregular en el puerto de Manzanillo e igualmente pretende impedir el crecimiento de Manzanillo hacia terrenos que ellos denominan área protegida de la propia Laguna Saladilla, en Manzanillo.